La Sexta Sala del Tribunal de Alzada de Santiago ha confirmado el sobreseimiento definitivo impuesto a Cristián Campos Sallato en el marco de una investigación por abusos deshonestos. Esta resolución se basa en que, si bien el juez instructor había encontrado indicios que indicarían la existencia de estos delitos y la posible culpabilidad del querellado, la ley chilena demanda que la determinación de responsabilidad penal se efectúe mediante una sentencia definitiva, la cual no se había emitido en este caso. La Corte, en un fallo unánime, establece firmemente que la acción penal se encontraba, en este momento, extinguida por la prescripción.
La Corte considera que debe observarse el procedimiento legal establecido para determinar la culpabilidad de un individuo. Este procedimiento incluye un juicio plenado donde se permite al acusado ejercer todos los derechos que el ordenamiento procesal penal garantiza, como presentar pruebas y realizar cuestionamientos a las alegaciones en su contra. En este caso, la falta de un proceso legalmente tramitado impide que se pueda llegar a una conclusión sobre la culpabilidad de Campos Sallato en delitos de abuso deshonesto.
En su fallo, los ministros Juan Cristóbal Mera, Patricio Álvarez y Paola Herrera indican que, según el Código Penal, la responsabilidad penal se extingue por la prescripción de la acción penal. Esta prescripción se establece en un plazo de cinco años para delitos simples, comenzando desde el momento en que se cometió el delito. En este sentido, quedó claro que a la fecha de presentación de la querella, que ocurrió en marzo de 2024, la acción penal correspondiente ya había prescrito, dado que los últimos hechos alegados tuvieron lugar en 1995.
La Corte también comentaba que el querellado no presentaba antecedentes penales en su extracto de filiación y que los movimientos migratorios indicaron que su última salida del país fue en 2019, sugiriendo que el plazo de prescripción no se había interrumpido por sus salidas del país. Esto refuerza la decisión judicial al indicar que no ha existido un mecanismo legal que pueda alterar o suspender dicho plazo de prescripción, solidificando el argumento a favor del sobreseimiento definitivo.
Finalmente, la decisión judicial hace hincapié en que no es procedente establecer culpabilidades sin un debido proceso que garantice los derechos procesales del acusado. La corte reafirma su postura en apego al Código de Procedimiento Penal, subrayando la necesidad de respetar el marco legal establecido y asegurando así la integridad del sistema judicial. El fallo concluye con la confirmación de la resolución tomada el 29 de mayo de 2025 referente al caso de Cristián Campos Sallato, reafirmando el principio de que la justicia debe operar dentro de los límites y trayectorias legales establecidos.










